Son Sociedades sin fines de lucro que tienen por objeto realizar operaciones de ahorro y préstamo únicamente con sus Socios.

Funciones

Su actividad principal es realizar operaciones de ahorro y préstamo con sus socios.
Los servicios que ofrecen principalmente son:

Servicios: Pago de servicios (luz, teléfono, etc.), compra y venta de divisas, distribución y pago de programas gubernamentales, recepción y envío de dinero y comisionistas.

Operaciones Pasivas: Cuentas de ahorro, depósito e inversiones.

Operaciones Activas: Créditos personales, automotriz, hipotecarios, con fines productivos, microseguros.

Clasificacion

NIVEL BASICO
Sus activos no rebasan el límite equivalente en moneda nacional a 2.5 millones de UDIS. No requieren autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para realizar operaciones de ahorro y préstamo. No cuenta con seguro de depósito

Operaciones Autorizadas:

  • Recibir depósitos de dinero a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos y retirables con previo aviso, de sus socios.
  • Cuentas de ahorro con menores de edad, en términos de la legislación común aplicable, siempre y cuando sus padres o tutores sean socios y hasta por (1 500 UDIS)
  • Otorgar préstamos a sus socios
  • Transmisión de dinero con sus socios
  • Recibir créditos de entidades financieras nacionales o extranjeras, organismos internacionales, así como instituciones integrantes de la administración pública y federal o estatal y fideicomisos públicos.
  • Efectuar la distribución  y pago de productos, servicios y  programas gubernamentales

Las SOCAPS cuyos activos rebasan los 2.5 millones de UDIS, requieren la autorización de la CNBV y se clasifican de la siguiente manera:

Monto de activos totales

NIVEL I: Monto de activos totales iguales o inferiores a 10 millones de UDIS
Operaciones Autorizadas: Además de las anteriores  podrán:

  • Expedir y operar tarjetas de débito y tarjetas recargables
  • Recibir los apoyos del comité de protección al ahorro cooperativo, en términos del artículo 55 de la LRASCAP
  • Descontar, dar garantía o negociar títulos de crédito
  • Constituir depósitos a la vista o plazo en instituciones de crédito
  • Realizar inversiones en valores gubernamentales, bancarios y de sociedades de inversión en instrumentos de deuda
  • Recibir o emitir órdenes de pago y transferencias
  • Realizar la compra venta de divisas en ventanilla por cuenta propia
  • Distribuir entre sus socios, seguros que formalicen a través de contratos de adhesión
  • Distribuir entre sus socios fianzas
  • Recibir donativos
  • Aceptar mandatos y comisiones de entidades financieras, relacionadas con su objetivo

NIVEL II: Monto de activos totales superiores a 10 millones e iguales e inferiores a  50 millones de UDIS
Operaciones Autorizadas: Las operaciones señaladas en el nivel 1,  además:

  • Realizar operaciones de factoraje financiero con sus socios o por cuenta de estos
  • Prestar servicios de caja de seguridad
  • Ofrecer el servicio de abono y descuento de nomina
  • Realizar la compra venta de divisas en ventanilla por cuenta propia o de terceros

NIVEL III: Monto de activos totales superiores a 50 millones e iguales o inferiores a 250 millones de UDIS
Operaciones Autorizadas: Las operaciones señaladas en el nivel 1 y 2 además:

  • Celebrar contratos de arrendamiento financiero con sus socios
  • Prestar servicios de caja y tesorería

NIVEL IV: Monto de activos totales superiores a 250 millones de UDIS
Operaciones Autorizadas: Las operaciones señaladas en los niveles 1, 2, 3 además:

Otorgar descuentos de toda clase, reembolsables a plazos congruentes con los de las operaciones pasivas que celebren

Asumir obligaciones por cuenta de terceros, con base en créditos concedidos, a través del otorgamiento de aceptaciones, endoso o aval de títulos de crédito

Expedir tarjetas de crédito con base en contratos de apertura de crédito en cuenta corriente, a sus socios

Marco Legal

Con el propósito de fomentar un sano desarrollo para la protección de los ahorradores, son dos las autoridades  financieras que regulan las SOCAP:

  • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV): Las autoriza y supervisa en caso de que cuenten con activos iguales o mayores a 2.5 millones de UDIS.

Además, las revisa en cuanto a su regulación, su situación contable y financiera; en materia de lavado de dinero; y  les solicita información financiera cada 3 meses para evaluar su nivel de operación.

Una vez autorizadas, la CNBV supervisa y vigila a las SOCAP mediante el análisis de información financiera y no financiera periódica; práctica de auditorías (visitas); e implementación de planes correctivos.

Adicionalmente, la CNBV emite reglas y disposiciones cuya finalidad es preservar la liquidez, solvencia y estabilidad de las SOCAP e incluye reglas, lineamientos y mecanismos sobre los temas fundamentales siguientes: capital mínimo, controles internos, proceso de crédito, administración integral de riesgos, calificación de cartera y constitución de estimaciones preventivas, coeficientes de liquidez, diversificación de riesgo, revelación de información, criterios contables y en materia de prevención de lavado de dinero.

  • La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF): Orienta y atiende cualquier queja o reclamo de algún producto o servicio financiero proporcionado por la SOCAP autorizada.

Además, revisa que los contratos de adhesión, los estados de cuenta y su publicidad sean transparentes, claros y que cumplan con la ley; en materia de cobranza se encarga de procurar, que ésta se haga con apego a sanas prácticas.

Leyes aplicables para las SOCAP:

  • Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP).
  • Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
  • Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
  • Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Recomendaciones emitidas por la CONDUSEF

  • Antes de ahorrar  en una SOCAP, verifica  que ésta se encuentre en:
    • El Padrón de Entidades Supervisadas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en su página www.cnbv.gob.mx;
    • El registro que al efecto lleva el Fideicomiso del Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores “FOCOOP” en su página www.focoop.com.mx en las categorías de “autorizada”, “en proceso de autorización” o “nivel básico”.
  • El Sistema de Registro de Prestadores Financieros “SIPRES
  • Considera que  ahorrar en una entidad autorizada por la  CNBV, reduce el nivel de riesgo, pues éstas entidades están obligadas a contar con mecanismos de control, proporcionar información a las autoridades y son sujetas a la supervisión y evaluación de la autoridad, además de que cuentan con un Fondo de Protección por ahorrador de hasta 25 mil UDIS .
  • Las SOCAP deben poner a disposición de los socios, ya sea en sucursales o  en los medios que la Asamblea establezca, la información financiera de la Sociedad. Como socio es tu derecho  exigir transparencia y una adecuada rendición de cuentas.
  • Toma en cuenta que algunas de las sociedades que operan al margen de la ley pueden llegar a ofrecer tasas de interés de más del 10% anual, lo cual está fuera de mercado, situación de alto riesgo que en muchas ocasiones deriva en fraudes.
  • Acude a la CONDUSEF en caso de que la Caja de Ahorro no te informe nada, no te quiera devolver tus ahorros, o quieras conocer cuál es la situación en la que se encuentra.
  • Ante algún problema con una caja no autorizada, puedes hacer valer tus derechos ante la autoridad judicial, demandando el cumplimiento a los compromisos asumidos por la caja.
  • Si ahorras en una SOCAP de Nivel Básico, debes asegurarte de tener el carácter de socio y que los administradores y dirigentes de la misma te proporcionen físicamente el certificado que te acredita como socio, te inviten a participar de forma activa en la toma de decisiones de la Sociedad y en la elección de su Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia, además de que te den voz y voto en las Asambleas Generales de Socios.
  • Recuerda que la mayor parte de los problemas de captación indebida, insolvencia y fraudes realizados a socios ahorradores de cajas de ahorro, se han cometido en entidades que no tienen autorización y no están en proceso de regularización ante el FOCCOP, ni están inscritas en el registro que al efecto administra el FOCOOP.
  • Antes de elegir una Caja de Ahorro, investiga que institución te da una mayor tasa de interés, mejor servicio y te cobra menos comisiones.
  • Asegúrate de revisar, ordenar y guardar todos los documentos que amparan tus cuentas de ahorro, como el contrato, tus estados de cuenta y las fichas de depósito.

Preguntas Frecuentes

Mas Informacion

Relevancia del Sector de Ahorro y Crédito Popular

Evolución del marco legal del sector de Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Situación de las SOCAP en su proceso regulatorio

Buró de Entidades Financieras

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